¿Es un movimiento? ¿O solo un par de valores atípicos que permanecerán para siempre en la periferia del estado de vigilancia? Es demasiado pronto para decirlo, pero al menos ahora podemos decir que San Francisco no es una anomalía.
Somerville, Massachusetts, se convirtió en la segunda ciudad de los Estados Unidos en prohibir el uso del reconocimiento facial en el espacio público.
La "Ordenanza de prohibición total de vigilancia facial", que pasó por el Ayuntamiento de Somerville el jueves por la noche, prohíbe a cualquier "departamento, agencia, oficina y / o división subordinada de la Ciudad de Somerville" utilizar software de reconocimiento facial en espacios públicos. La ordenanza fue aprobada por el Comité de Asuntos Legislativos de Somerville a principios de esta semana.
El mes pasado, San Francisco se convirtió en la primera ciudad en la nación para prohibir el uso de tecnología de reconocimiento facial por parte de las agencias gubernamentales de la ciudad. Si bien no puede evitar que los federales ingresen e implementen el software contra los residentes de la ciudad, sí evita que la policía local decida que este es el juguete tecnológico sin el que no puede vivir.
La ordenanza aprobada en Somerville es más o menos lo mismo. No hay uso local, pero el uso a nivel federal está bien. Para ser justos, la ciudad no puede regular las actividades del gobierno federal. Podría haber prohibido a las agencias locales trabajar con agencias federales usando tecnología de reconocimiento facial, pero no fue tan lejos.
Este es un movimiento sólido, uno que ciertamente parece más inteligente que permitir que la policía local se cargue con la tecnología que ha sido asado por el Congreso y (¡todavía!) tiene un tasa de fracaso bastante llamativa.
Si otras ciudades están interesadas en unirse a la muy corta lista de pancartas de reconocimiento facial, los activistas tienen creado algunos mapas de carreteras para que los gobiernos utilicen. Por el momento, la mayor posibilidad de éxito parece estar en el nivel hiperlocal. La ACLU dice que todo se reduce a las ciudades que aprovechan al máximo su poder limitado.
Kade Crockford, directora de tecnología para el Programa Liberty en la ACLU de Massachusetts, dijo en una llamada telefónica que a nivel estatal, la ACLU aboga por una moratoria o pausa de la tecnología de reconocimiento facial, mientras que a nivel local, la ACLU es abogando por las prohibiciones.
"A nivel municipal, es diferente", dijo Crockford. “Los gobiernos estatales tienen la capacidad de regular, mientras que los gobiernos locales realmente no. No tienen la capacidad, por ejemplo, de crear nuevas instituciones que puedan supervisar, con suficiente cuidado y atención, la implementación de un sistema de supervisión o rendición de cuentas para protegerse contra los abusos contra los derechos civiles y las libertades civiles ".
Generar impulso a nivel estatal puede ser difícil hasta que haya más ciudades a bordo. Si las prohibiciones como estas se vuelven más comunes, los legisladores estatales pueden responder favorablemente a los cambios de dirección del viento y finalmente retroceder un poco contra los intereses arraigados con una cantidad excesiva de poder, como los sindicatos de policía y los políticos titulares con una inclinación autoritaria.
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Ordenanza: Prohibir el uso de vigilancia de tecnología facial en Somerville
POR CUANTO, la amplia aplicación de la vigilancia facial en espacios públicos es el equivalente funcional de requerir que cada persona lleve y muestre una tarjeta de identificación personal con fotografía en todo momento.
POR CUANTO, se ha demostrado que la tecnología de vigilancia facial es mucho menos precisa al identificar los rostros de mujeres, jóvenes y personas de color, y que tales inexactitudes colocan a ciertas personas en un riesgo elevado de identificaciones dañinas "falsas positivas".
CONSIDERANDO que muchas de las bases de datos a las que se aplica la tecnología de vigilancia facial están plagadas de sesgos raciales y de otro tipo, que generan sesgos de imitación en los datos de vigilancia facial.
POR CUANTO, el uso público de la vigilancia facial puede enfriar el ejercicio de la libertad de expresión protegida constitucionalmente.
POR CUANTO, la amplia aplicación de la vigilancia facial en espacios públicos es el equivalente funcional de requerir que cada persona lleve y muestre una tarjeta de identificación personal con fotografía en todo momento.
POR CUANTO, los beneficios de usar la vigilancia facial, que son pocos y especulativos, son ampliamente compensados por sus daños, que son sustanciales.
POR LO TANTO, SE RESUELVE, QUE EL SOMERVILLE CITY COUNCIL ADOPTA LO SIGUIENTE:
Sección 1. Definiciones
(A) "Vigilancia facial" significa un proceso automatizado o semiautomático que ayuda a identificar a un individuo, capturando información sobre un individuo, en función de las características físicas del rostro de un individuo.
(B) "Sistema de vigilancia facial" significará cualquier software o aplicación de computadora que realice vigilancia facial.
(C) "Somerville" significará cualquier departamento, agencia, oficina y / o división subordinada de la Ciudad de Somerville.
(D) "Funcionario de Somerville" significará cualquier persona o entidad que actúe en nombre de Somerville, incluyendo cualquier funcionario, empleado, agente, contratista, subcontratista o vendedor.
SECCION 2. Prohibición del uso gubernamental de la vigilancia facial.
(A) Será ilegal para Somerville o cualquier funcionario de Somerville obtener, retener, acceder o usar:
(1) Cualquier sistema de vigilancia facial; o
(2) Cualquier información obtenida de un sistema de vigilancia facial.
SECCION 3. Aplicación.
(A) Supresión. Ningún dato recopilado o derivado del uso de la vigilancia facial en violación de este Somerville y ninguna evidencia derivada del mismo puede recibirse como evidencia en ningún juicio, audiencia u otro procedimiento en o ante cualquier tribunal, gran jurado, departamento, funcionario, agencia, organismo regulador, comité legislativo u otra autoridad sujeta a la jurisdicción de la ciudad de Somerville. Los datos de vigilancia facial recopilados o derivados en violación de esta Ordenanza se considerarán obtenidos ilegalmente y se eliminarán al descubrirlos.
(B) Causa de acción. Cualquier violación de esta ordenanza constituye una lesión y cualquier persona puede iniciar procedimientos para medidas cautelares, medidas declaratorias o mandato judicial en cualquier tribunal de jurisdicción competente para hacer cumplir esta ordenanza. Una acción instituida bajo este párrafo se presentará contra el departamento respectivo de la Ciudad y la Ciudad y, si es necesario para efectuar el cumplimiento de esta Ordenanza, cualquier otra agencia gubernamental con posesión, custodia o control de los datos sujetos a esta Ordenanza.
(C) Daños estatutarios. Cualquier persona que haya sido sometida a reconocimiento facial en violación de esta Ordenanza, o sobre la cual se haya obtenido, retenido, accedido o utilizado información en violación de esta Ordenanza, puede iniciar procedimientos en cualquier tribunal de jurisdicción competente contra la Ciudad y será tiene derecho a recuperar daños reales, pero no menos que los daños liquidados de $ 1,000 o $ 100 por cada violación, lo que sea mayor.
(D) Tarifas. Un tribunal otorgará costos y honorarios razonables de abogados a un demandante que sea la parte vencedora en una acción entablada bajo la Sección 3 (B) o (C).
(E) Entrenamiento. Las violaciones de esta Ordenanza por parte de un empleado de la Ciudad darán lugar a consecuencias que pueden incluir el reciclaje, la suspensión o la terminación, sujeto a los requisitos del debido proceso.
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