Apagón: Orden ejecutiva sobre la prevención de la censura en línea

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Desde que el presidente Trump firmó este EO el 28 de mayo de 2020, ha sido totalmente ignorado y golpeado con un apagón virtual de informes y análisis. El gigante federal ahora se centra estrechamente en poner a los gigantes de las redes sociales directamente en el discurso libre y protegido.

La política de los Estados Unidos es que las grandes plataformas en línea, como Twitter y Facebook, como los medios críticos para promover el libre flujo de discurso e ideas hoy en día, no deberían restringir el discurso protegido. ⁃ TN Editor

 

Por la autoridad conferida en mí como Presidente por la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, se ordena lo siguiente:

Sección 1.  Política.  La libertad de expresión es la base de la democracia estadounidense. Nuestros Padres Fundadores protegieron este derecho sagrado con la Primera Enmienda de la Constitución. La libertad de expresar y debatir ideas es la base de todos nuestros derechos como pueblo libre.

En un país que durante mucho tiempo ha apreciado la libertad de expresión, no podemos permitir que un número limitado de plataformas en línea escojan personalmente el discurso al que los estadounidenses pueden acceder y transmitir en Internet. Esta práctica es fundamentalmente antiamericana y antidemocrática. Cuando las grandes y poderosas empresas de redes sociales censuran opiniones con las que no están de acuerdo, ejercen un poder peligroso. Dejan de funcionar como tablones de anuncios pasivos y deben ser vistos y tratados como creadores de contenido.

El crecimiento de las plataformas en línea en los últimos años plantea importantes cuestiones sobre la aplicación de los ideales de la Primera Enmienda a la tecnología de las comunicaciones moderna. Hoy en día, muchos estadounidenses siguen las noticias, se mantienen en contacto con amigos y familiares y comparten sus puntos de vista sobre los eventos actuales a través de las redes sociales y otras plataformas en línea. Como resultado, estas plataformas funcionan de muchas maneras como un equivalente del siglo XXI a la plaza pública.

Twitter, Facebook, Instagram y YouTube ejercen un inmenso poder, si no sin precedentes, para dar forma a la interpretación de los eventos públicos; censurar, eliminar o desaparecer información; y para controlar lo que la gente ve o no ve.

Como presidente, he dejado claro mi compromiso con el debate libre y abierto en Internet. Este debate es tan importante en línea como lo es en nuestras universidades, nuestros ayuntamientos y nuestros hogares. Es esencial para sostener nuestra democracia.

Las plataformas en línea están participando en una censura selectiva que está dañando nuestro discurso nacional. Decenas de miles de estadounidenses han informado, entre otros comportamientos preocupantes, que las plataformas en línea "señalan" el contenido como inapropiado, aunque no viola los términos de servicio establecidos; realizar cambios sin previo aviso e inexplicables en las políticas de la empresa que tienen el efecto de desfavorecer ciertos puntos de vista; y eliminar contenido y cuentas enteras sin previo aviso, sin justificación y sin recurso.

Twitter ahora decide de manera selectiva colocar una etiqueta de advertencia en ciertos tweets de una manera que refleje claramente el sesgo político. Como se ha informado, Twitter parece no haber puesto nunca esa etiqueta en el tuit de otro político. Tan recientemente como la semana pasada, el Representante Adam Schiff continuaba engañando a sus seguidores vendiendo el engaño de la colusión rusa, refutado durante mucho tiempo, y Twitter no marcó esos tweets. Como era de esperar, su oficial a cargo de la llamada 'Integridad del sitio' ha hecho alarde de su sesgo político en sus propios tweets.

Al mismo tiempo, las plataformas en línea invocan justificaciones inconsistentes, irracionales e infundadas para censurar o restringir el discurso de los estadounidenses aquí en casa, varias plataformas en línea se benefician y promueven la agresión y desinformación difundidas por gobiernos extranjeros como China. Una empresa de Estados Unidos, por ejemplo, creó un motor de búsqueda para el Partido Comunista Chino que habría incluido en la lista negra las búsquedas de "derechos humanos", ocultó datos desfavorables para el Partido Comunista Chino y rastreó a los usuarios considerados apropiados para la vigilancia. También estableció asociaciones de investigación en China que brindan beneficios directos al ejército chino. Otras empresas han aceptado anuncios pagados por el gobierno chino que difunden información falsa sobre el encarcelamiento masivo de minorías religiosas en China, lo que permite estos abusos de los derechos humanos. También han amplificado la propaganda de China en el exterior, incluso al permitir que los funcionarios del gobierno chino usen sus plataformas para difundir información errónea sobre los orígenes de la pandemia COVID-19 y socavar las protestas a favor de la democracia en Hong Kong.

Como nación, debemos fomentar y proteger diversos puntos de vista en el entorno actual de comunicaciones digitales, donde todos los estadounidenses pueden y deben tener voz. Debemos buscar la transparencia y la responsabilidad de las plataformas en línea, y fomentar los estándares y herramientas para proteger y preservar la integridad y la apertura del discurso y la libertad de expresión estadounidenses.

Sec2.  Protecciones contra la censura en línea. (a) Es política de los Estados Unidos fomentar reglas básicas claras que promuevan un debate libre y abierto en Internet. Entre las reglas básicas que rigen ese debate se destaca la inmunidad de responsabilidad creada por la sección 230 (c) de la Ley de Decencia en las Comunicaciones (sección 230 (c)). 47 USC 230 (c). La política de los Estados Unidos es que se debe aclarar el alcance de esa inmunidad: la inmunidad no debe extenderse más allá de su texto y propósito para brindar protección a quienes pretenden brindar a los usuarios un foro para la expresión libre y abierta, pero en realidad el uso su poder sobre un medio de comunicación vital para participar en acciones engañosas o pretextuales que sofocan el debate libre y abierto al censurar ciertos puntos de vista.

La sección 230 (c) fue diseñada para abordar las decisiones judiciales tempranas que sostienen que, si una plataforma en línea restringiera el acceso a algunos contenidos publicados por otros, se convertiría en un "editor" de todo el contenido publicado en su sitio con fines de agravios tales como difamación. Como deja en claro el título de la sección 230 (c), la disposición proporciona “protección” de responsabilidad limitada a un proveedor de un servicio informático interactivo (como una plataforma en línea) que participa en el “bloqueo del“ buen samaritano ”” de contenido dañino. En particular, el Congreso buscó brindar protección para las plataformas en línea que intentaban proteger a los menores de contenido dañino y tenían la intención de garantizar que dichos proveedores no se desanimaran de retirar material dañino. La disposición también tenía la intención de promover la visión expresa del Congreso de que Internet es un "foro para una verdadera diversidad del discurso político". 47 USC 230 (a) (3). Las protecciones limitadas proporcionadas por el estatuto deben interpretarse con estos propósitos en mente.

En particular, el subpárrafo (c) (2) aborda expresamente las protecciones contra la "responsabilidad civil" y especifica que un proveedor de servicios informáticos interactivos no puede ser responsable "debido a" su decisión de "buena fe" de restringir el acceso al contenido que considera "obsceno, lascivo, lascivo, excesivamente violento, acosador u objetable". Es política de los Estados Unidos garantizar que, en la máxima medida permitida por la ley, esta disposición no se distorsione para brindar protección de responsabilidad a las plataformas en línea que, lejos de actuar de "buena fe" para eliminar contenido objetable, en acciones engañosas o pretextuales (a menudo contrarias a sus términos de servicio establecidos) para reprimir los puntos de vista con los que no están de acuerdo. La sección 230 no tenía la intención de permitir que un puñado de empresas se convirtieran en titanes que controlan avenidas vitales para nuestro discurso nacional con el pretexto de promover foros abiertos para el debate, y luego proporcionar a esos gigantes inmunidad general cuando usan su poder para censurar contenido y silenciar. puntos de vista que no les gustan. Cuando un proveedor de servicios informáticos interactivos elimina o restringe el acceso al contenido y sus acciones no cumplen con los criterios del subpárrafo (c) (2) (A), está involucrado en una conducta editorial. Es política de los Estados Unidos que dicho proveedor pierda debidamente el escudo de responsabilidad limitada del subpárrafo (c) (2) (A) y quede expuesto a la responsabilidad como cualquier editor y editor tradicional que no sea un proveedor en línea.

(b) Para promover la política descrita en la subsección (a) de esta sección, todos los departamentos y agencias ejecutivos deben asegurarse de que su aplicación de la sección 230 (c) refleje adecuadamente el propósito restringido de la sección y tomar todas las acciones apropiadas al respecto. Además, dentro de los 60 días siguientes a la fecha de esta orden, el Secretario de Comercio (Secretario), en consulta con el Fiscal General y actuando a través de la Administración Nacional de Telecomunicaciones e Información (NTIA), presentará una petición de reglamentación ante la Oficina Federal. Comisión de Comunicaciones (FCC) solicitando que la FCC proponga rápidamente regulaciones para aclarar:

(i) la interacción entre los subpárrafos (c) (1) y (c) (2) de la sección 230, en particular para aclarar y determinar las circunstancias bajo las cuales un proveedor de un servicio informático interactivo que restringe el acceso al contenido de una manera no específicamente protegido por el subpárrafo (c) (2) (A) también puede no ser capaz de reclamar protección bajo el subpárrafo (c) (1), que simplemente establece que un proveedor no será tratado como un editor o orador por hacer que un tercero contenido disponible y no aborda la responsabilidad del proveedor por sus propias decisiones editoriales;

(ii) las condiciones bajo las cuales una acción que restringe el acceso o la disponibilidad de material no se "toma de buena fe" en el sentido del subpárrafo (c) (2) (A) de la sección 230, en particular si las acciones se pueden "tomar en buena fe ”si son:

(A) engañoso, pretexto o inconsistente con los términos de servicio de un proveedor; o

(B) tomado después de no proporcionar un aviso adecuado, una explicación razonada o una oportunidad significativa para ser escuchado; y

(iii) cualquier otra reglamentación propuesta que la NTIA concluya puede ser apropiada para promover la política descrita en la subsección (a) de esta sección.

Sec3.  Proteger los dólares de los contribuyentes federales de financiar plataformas en línea que restrinjan la libertad de expresión. (a) El jefe de cada departamento ejecutivo y agencia (agencia) revisará el gasto federal de su agencia en publicidad y marketing pagado a plataformas en línea. Dicha revisión incluirá la cantidad de dinero gastada, las plataformas en línea que reciben dólares federales y las autoridades estatutarias disponibles para restringir su recepción de dólares publicitarios.

(b) Dentro de los 30 días siguientes a la fecha de esta orden, el jefe de cada agencia informará sus hallazgos al Director de la Oficina de Administración y Presupuesto.

(c) El Departamento de Justicia revisará las restricciones de discurso basadas en puntos de vista impuestas por cada plataforma en línea identificada en el informe descrito en la subsección (b) de esta sección y evaluará si alguna plataforma en línea es un vehículo problemático para el discurso del gobierno debido a discriminación de punto de vista. engaños a los consumidores u otras malas prácticas.

Sec4.  Revisión federal de actos o prácticas injustas o engañosas. (a) La política de los Estados Unidos es que las grandes plataformas en línea, como Twitter y Facebook, como los medios fundamentales para promover el libre flujo de expresión e ideas en la actualidad, no deben restringir la expresión protegida. La Corte Suprema ha señalado que los sitios de redes sociales, como la plaza pública moderna, "pueden proporcionar quizás los mecanismos más poderosos disponibles para que un ciudadano privado haga oír su voz".  Packingham v. Carolina del Norte, 137 S. Ct. 1730, 1737 (2017). La comunicación a través de estos canales se ha vuelto importante para una participación significativa en la democracia estadounidense, incluso para presentar peticiones a los líderes electos. Estos sitios brindan un foro importante al público para que otros participen en la libertad de expresión y el debate.  CfCentro Comercial PruneYard v. Robins, 447 US 74, 85-89 (1980).

(b) En mayo de 2019, la Casa Blanca lanzó una herramienta de informes de sesgos tecnológicos para permitir a los estadounidenses informar incidentes de censura en línea. En solo unas semanas, la Casa Blanca recibió más de 16,000 quejas de plataformas en línea que censuraban o tomaban medidas contra los usuarios en función de sus puntos de vista políticos. La Casa Blanca presentará las quejas recibidas al Departamento de Justicia y la Comisión Federal de Comercio (FTC).

(c) La FTC considerará tomar acción, según sea apropiado y consistente con la ley aplicable, para prohibir actos o prácticas injustas o engañosas en el comercio o que lo afecten, de conformidad con la sección 45 del título 15 del Código de los Estados Unidos. Dichos actos o prácticas injustas o engañosas pueden incluir prácticas de entidades cubiertas por la sección 230 que restringen la expresión de formas que no se alinean con las representaciones públicas de esas entidades sobre esas prácticas.

(d) En el caso de grandes plataformas en línea que son amplios espacios de debate público, incluida la plataforma de redes sociales Twitter, la FTC también, de conformidad con su autoridad legal, considerará si las quejas alegan violaciones de la ley que implican las políticas establecidas en la sección 4 ( a) de esta orden. La FTC considerará desarrollar un informe que describa dichas quejas y hacer que el informe esté disponible públicamente, de conformidad con la ley aplicable.

Sec5.  Revisión estatal de actos o prácticas injustas o engañosas y leyes antidiscriminatorias. (a) El Fiscal General establecerá un grupo de trabajo con respecto a la posible aplicación de las leyes estatales que prohíben que las plataformas en línea se involucren en actos o prácticas injustas o engañosas. El grupo de trabajo también desarrollará una legislación modelo para la consideración de las legislaturas en los estados donde las leyes existentes no protegen a los estadounidenses de tales actos y prácticas injustas y engañosas. El grupo de trabajo invitará a los fiscales generales estatales para la discusión y consulta, según corresponda y de conformidad con la ley aplicable.

(b) Las quejas descritas en la sección 4 (b) de esta orden se compartirán con el grupo de trabajo, de conformidad con la ley aplicable. El grupo de trabajo también recopilará información disponible públicamente sobre lo siguiente:

(i) mayor escrutinio de los usuarios en función de los otros usuarios que elijan seguir, o sus interacciones con otros usuarios;

(ii) algoritmos para suprimir contenido o usuarios basados ​​en indicaciones de alineamiento político o punto de vista;

(iii) políticas diferenciales que permitan un comportamiento de otra manera inadmisible, cuando sean cometidas por cuentas asociadas con el Partido Comunista Chino u otras asociaciones o gobiernos antidemocráticos;

(iv) dependencia de entidades de terceros, incluidos contratistas, organizaciones de medios e individuos, con indicios de parcialidad para revisar el contenido; y

(v) actos que limitan la capacidad de los usuarios con puntos de vista particulares para ganar dinero en la plataforma en comparación con otros usuarios ubicados de manera similar.

Sec6.  Legislación. El Procurador General desarrollará una propuesta de legislación federal que sea útil para promover los objetivos de política de esta orden.

Sec7.  Definición. Para los propósitos de esta orden, el término "plataforma en línea" significa cualquier sitio web o aplicación que permite a los usuarios crear y compartir contenido o participar en redes sociales, o cualquier motor de búsqueda general.

Sec8.  Disposiciones Generales. (a) Nada en esta orden se interpretará en el sentido de menoscabar o afectar de otra manera:

(i) la autoridad otorgada por ley a un departamento o agencia ejecutiva, o al jefe de la misma; o

(ii) las funciones del Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto relacionadas con propuestas presupuestarias, administrativas o legislativas.

(b) Esta orden se implementará de conformidad con la ley aplicable y sujeta a la disponibilidad de asignaciones.

(c) Esta orden no tiene la intención de crear, ni crea, ningún derecho o beneficio, sustantivo o procesal, exigible por ley o en equidad por ninguna parte contra los Estados Unidos, sus departamentos, agencias o entidades, sus funcionarios, empleados. , agentes o cualquier otra persona.

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Tama

¡Gracias! No había visto esto en ningún lado sino aquí. Gracias de nuevo por publicar esto. Compartir ¡Y rezando por América!

Patricia

Yo también lo agradezco. Varios de mis comentarios se han desvanecido de utube